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ABIERTO PLAZO DE SOLICITUDES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO PROVOCADO POR EL COVID-19 A PYMES, MICROPYMES, AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES. ANUALIDAD 2022.
SEP 2022

DESDE EL 20 DE SEPTIEMBRE AL 3 DE OCTUBRE ESTARÁ ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUDES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO PROVOCADO POR EL COVID-19 A PYMES, MICROPYMES, AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES FINANCIADAS POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE ALICANTE. ANUALIDAD 2022.

Enlace a las bases reguladoras y convocatoria en el BOP:

https://www.dip-alicante.es/.../09/19_178/2022_006798.pdf

 

El 19/09/2022 se publicaron en el BOP las bases reguladoras para dicha convocatoria financiada por la Excma. Diputación de Alicante, por lo que se podrán presentar las solicitudes desde el 20 de septiembre hasta el 3 de octubre en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de El Verger:

https://elverger.sedelectronica.es/

 

Aquí recordamos la información más relevante referente a las condiciones y documentación requerida:

✔️Conceptos subvencionables.

✅La cuota de autónomos. Justificado mediante recibos de pago de la persona física solicitante de las ayudas, correspondientes a las mensualidades por las que se solicita la misma.

✅El alquiler mensual del local de negocio. Justificado mediante las facturas y justificante del pago de las mensualidades correspondientes, debiendo figurar como arrendatario la persona física/jurídica solicitante de las ayudas. Justificado mediante contrato firmado por ambas partes, factura mensual y recibo bancario.

✅Los gastos de consultoría y asesoría. Justificado mediante facturas y documento acreditativo del pago de las mismas.

✅Los gastos de contratos de suministro de energía y agua, teléfono o internet referidos necesariamente al local de negocio y/o actividad. Justificados mediante los justificantes de pago correspondientes. Justificado mediante facturas y documento acreditativo del pago de las mismas.

✅Los gastos mensuales de contratos de servicios de seguridad del local de negocio.

✅Los gastos de contratos de mantenimiento de equipos afectos a la actividad.

✅Los gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio, debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda. Justificado mediante documento de pago bancario.

✅Las primas de seguros del local de negocio y/o del vehículo comercial afecto a la actividad empresarial, debiendo figurar como titular la persona física/jurídica solicitante de la ayuda. Justificados mediante póliza y justificantes de pago correspondientes.

✅El alquiler de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad. Justificado mediante los justificantes de pago correspondientes.

✅Los gastos de intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda. 👉🏻Serán subvencionables los conceptos de gasto corriente enumerados con anterioridad, abonados en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022.

✔️Forma y plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante.

✔️Documentación a aportar junto a la solicitud (según modelo normalizado):

✅NIF / CIF o NIE acompañado del pasaporte, de la persona o empresa solicitante.

✅ Certificado actualizado de situación censal de la Agencia Tributaria donde conste la actividad económica con su fecha de alta y el domicilio fiscal dentro del término municipal de El Verger.

✅Informe actualizado de Vida laboral de la persona trabajadora autónoma, autónomo societario o comunero.

✅En el caso de personas trabajadoras mutualistas: certificado de la Mutualidad donde conste de alta en fecha de la publicación en el BOP de la convocatoria de estas ayudas.

✅Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social a la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes.

✅Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (TGSS).

✅Documentación acreditativa de los gastos corrientes y de su justificante de abono de acuerdo con los requisitos de la Base Tercera.

✅Declaración Responsable según modelo normalizado.

✅Declaración Mínimis según modelo normalizado.

✔️Cuantía de las ayudas. La cuantía subvencionada será la que resulte de dividir el total de la misma entre el número de subvenciones concedidas, sin que en ningún caso pueda rebasar el límite máximo de 4.000 euros por entidad beneficiaria. Se subvencionará el 100% del total de los conceptos subvencionables justificados y debidamente pagados, excluidos los impuestos indirectos.

☑️NOTA INFORMATIVA: Se recomienda que en el caso de aportar gastos justificativos pertenecientes a “gastos de contratos de suministro de energía y agua, teléfono o internet referidos necesariamente al local de negocio y/o actividad”, si les es posible reserven los referidos a gastos energéticos para una próxima convocatoria referida exclusivamente a ”MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO QUE LA CRISIS ENERGÉTICA“ en el que se apoyarán al 50% gastos referidos a: -ENERGÍA ELÉCTRICA. En periodo comprendido entre el 1 de abril de 2021 y el 30 de junio de 2022. -GAS. En periodo comprendido entre el 1 de abril de 2021 y el 30 de junio de 2022. -CARBURANTES. En periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio de 2022. Necesarios para el funcionamiento y afectos directamente al negocio.

Más info:

AFIC-ADL EL VERGER

Telf. 966439551

adl@elverger.es

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